
Hay una frase en los autos del Tribunal Supremo sobre la ley de nietos que hay que leer despacio. Los magistrados temen que el voto de los nuevos nacionalizados comprometa «el resultado electoral deseado por los españoles que ya figuran inscritos correctamente en el censo electoral». Está escrita con el tono aséptico de la prosa judicial. Leída con calma, dice mucho más de lo que parece.

Vamos a recordar de qué hablamos. La Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, abrió la puerta de la nacionalidad a hijos y nietos de quienes la perdieron o renunciaron a ella tras sufrir exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual. Era una ley de reparación. Venía a decir que el país que expulsó a esas familias reconocía a sus descendientes como parte de sí. Más de 2,4 millones de personas han pedido acogerse a ella, en su gran mayoría desde América Latina. Esta semana, a petición de Vox y de Iustitia Europa, cinco de los seis magistrados que estudiaron el recurso acordaron suspender cautelarmente su derecho al voto hasta que haya sentencia. La magistrada Alicia Millán discrepó en un voto particular.
Puede discutirse si la instrucción del Ministerio de Justicia se excedió al presumir la condición de exiliado en todo aquel que salió de España entre 1936 y 1955. Es una discusión técnica y legítima, y los tribunales están para resolverla. Lo que no tiene nada de técnico es el vocabulario con el que el Supremo ha justificado la suspensión.
Lo primero que chirría es la idea misma de un «resultado electoral deseado». En democracia no existe un resultado deseado antes de votar. El resultado es lo que sale de las urnas cuando vota quien tiene derecho a hacerlo. Hablar de la voluntad de un grupo previo que el voto de otros podría alterar supone imaginar el cuerpo electoral como una propiedad. Unos españoles serían los dueños de la voluntad popular y otros llegarían de fuera a estropearla. Esto se sitúa en un reteno de juego muy peligroso y puede ser el mecanismo para futuras clasificaciones de nacionalizados que si viven en territorio español.
Lo segundo es el adverbio. «Correctamente inscritos». Si unos lo están correctamente, los otros lo estarían de forma incorrecta. El tribunal todavía no ha decidido sobre el fondo del asunto y ya ha dejado escrito quién está bien en el censo y quién sobra.
Lo tercero es la balanza. Para adoptar una medida cautelar los jueces pesan daños. En un platillo pusieron la posibilidad de que voten personas cuya inscripción podría declararse irregular más adelante, y lo llamaron «daño irreversible». En el otro pusieron la suspensión de un derecho fundamental para cientos de miles de personas con pasaporte español, y concluyeron que ese efecto «no resulta desproporcionado» respecto a los intereses generales. El voto de los recién llegados pesa como amenaza. Su derecho a votar apenas pesa.

Las cifras ayudan a medir la alarma. El Supremo da por buenos los datos de la organización de etrema derecha Iustitia Europa, que hablan de 408.262 nuevos inscritos en el CERA, el censo de españoles residentes en el extranjero, entre las generales de 2023 y julio de este año. Es algo más del uno por ciento de un censo que supera los 37 millones de personas. En ese mismo periodo, cientos de miles de jóvenes han cumplido dieciocho años y han entrado en el censo sin que nadie hablara de «incremento extraordinario» ni de peligro para la objetividad de las elecciones. El número no explica la alarma. Lo que la explica es la procedencia de quienes votan.
Y aquí está lo más revelador. Estas personas son, por definición legal, descendientes de españoles. Llevan apellidos españoles y tienen padres o abuelos que nacieron aquí. Encarnan la vía que el derecho español ha considerado siempre la más sólida para pertenecer, la de la sangre. Ni siquiera eso ha bastado. Les ha bastado con votar desde Buenos Aires, La Habana o Ciudad de México para convertirse en sospechosos de alterar la voluntad de «los españoles». Resulta llamativo que el recurso venga de un partido que presume de Hispanidad y habla de la gran familia iberoamericana. Esa familia es bienvenida en los discursos del 12 de octubre y estorba cuando se acerca a las urnas.
Las personas negras, migrantes e hijas de migrantes que vivimos en este país conocemos bien esa frontera invisible. Es la pregunta «¿y tú de dónde eres?» que sigue a cualquier DNI. Es la sospecha permanente de que nuestra españolidad es prestada, de segunda, revocable. Si a los nietos de españoles se les puede decir que su voto amenaza el resultado deseado por los españoles que ya estaban, ¿qué no se podrá decir de quienes obtienen la nacionalidad por residencia, o de quienes nacieron aquí con una piel que no encaja en la foto oficial?
No es paranoia. El Código Civil ya distingue entre españoles de origen y españoles que no lo son, y solo a estos últimos se les puede retirar la nacionalidad en determinados supuestos. La ultraderecha europea ha convertido la palabra remigración en programa político. Una resolución del Supremo que habla de españoles cuya inscripción pone en riesgo la «objetividad» y la «transparencia» del proceso electoral le presta a ese discurso algo muy valioso, un lenguaje institucional. Hoy es una medida cautelar sobre el voto de los descendientes del exilio. Mañana el mismo razonamiento puede servir para mirar con lupa otras nacionalizaciones, otros censos, otros votos.
Hay cierta ironíaen todo esto. La ley nació para reparar a quienes tuvieron que huir de una dictadura que decidía quién era buen español y quién era la anti-España. Casi nueve décadas después, sus nietos togados vuelven a escuchar que su voto pone en peligro la voluntad de los españoles de verdad. La nacionalidad no admite categorías. O somos iguales ante la ley, como dice el artículo 14 de la Constitución, o hay ciudadanía de primera y de segunda.
El Supremo tendrá que decidir sobre el fondo. Nosotras ya sabemos leer lo que dice cuando dice «los españoles».
Afroféminas

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