miércoles, noviembre 6

El innovador tratado sobre los derechos de la mujer en África cumple 20 años: los aciertos y desaciertos del protocolo de Maputo

Foto Junior REIS

*Artículo publicado originalmente en la versión inglesa de The Conversatión

2023 marca dos décadas desde la adopción del Protocolo de Maputo. El Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos sobre los derechos de la mujer en África (el Protocolo de Maputo) es posiblemente el instrumento legalmente vinculante más progresista sobre los instrumentos de derechos humanos y de la mujer a nivel mundial. Un total de 44 países africanos lo han firmado y ratificado. El Protocolo de Maputo prevé amplios y progresistas derechos de la mujer. Estos incluyen el derecho a la salud y la reproducción, la herencia, el bienestar económico y social, la educación y la formación, el acceso a la justicia e igual protección ante la ley, y la eliminación de prácticas nocivas. El investigador de salud reproductiva Anthony Ajayi revela la importancia del documento en la vida de las mujeres a lo largo de los años.

¿Qué significa para los derechos sexuales y reproductivos?

Los artículos 2 y 14 establecieron disposiciones específicas para proteger los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las niñas. El artículo 2 obliga a los países miembros a promulgar e implementar leyes y otras medidas para frenar todas las formas de discriminación, especialmente las prácticas nocivas que ponen en peligro la salud y el bienestar general. Los esfuerzos de promoción para acabar con el matrimonio infantil y la mutilación genital femenina se basan en esta disposición específica. Tales esfuerzos han dado como resultado que 43 países africanos ahora tengan leyes que fijan la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años o más, tanto para niñas como para niños. Si bien algunos de estos países tienen excepciones al consentimiento de los padres y leyes paralelas sobre el matrimonio consuetudinario, en los últimos diez años más países han eliminado estas excepciones. Además, 22 de los 29 países africanos que practican la mutilación genital femenina cuentan ahora con leyes nacionales que prohíben la práctica.



El artículo 14 obliga a los países miembros a garantizar el derecho a la salud de las mujeres, incluida la salud sexual y reproductiva. Esto incluye el derecho a controlar la fertilidad, decidir si tener hijos, el número de hijos y el espaciamiento de los hijos, y elegir cualquier método anticonceptivo.

¿Ha sido efectivo?

Desde el inicio del Protocolo de Maputo, la mayoría de los países africanos han eliminado las tarifas de los usuarios de los servicios de salud materna en los establecimientos de salud de propiedad del gobierno. Esto ha aumentado el acceso a servicios de salud materna de calidad para mujeres y niñas marginadas. Como resultado, las muertes maternas han disminuido notablemente. Más países han ampliado sus leyes para permitir el acceso al aborto seguro en casos de agresión sexual, violación, incesto, anomalías fetales que amenazan la vida y cuando un embarazo pone en peligro la salud física y mental de la mujer o su vida. Entre 2000 y 2021, 22 países africanos ampliaron sus bases legales para el aborto. Seis -Cabo Verde, Sudáfrica, Túnez, Mozambique, Santo Tomé y Príncipe (hasta 10 semanas de gestación en Angola)- permiten el aborto a petición de la mujer durante el primer trimestre del embarazo. Más países han desarrollado y lanzado pautas de atención post-aborto para ampliar el acceso de mujeres y niñas. El éxito del Protocolo de Maputo en la protección y garantía de los derechos de la mujer y la eliminación de la discriminación es bastante notable. Donde se violan los derechos de las mujeres y las niñas, el Protocolo de Maputo se ha convertido en un instrumento para buscar reparación legal y una herramienta para buscar responsabilidad. Se hizo referencia en estos ejemplos:

  • Un fallo judicial de diciembre de 2020 determinó que el gobierno de Kenia violó varios instrumentos de derechos humanos, incluido el Protocolo de Maputo, por no investigar ni enjuiciar los casos de violencia sexual y de género que ocurrieron durante la violencia posterior a las elecciones de 2007. El gobierno fue se le ordenó pagar una indemnización a cuatro de los sobrevivientes, por un monto de unos 25000 € cada uno.
  • En diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la CEDEAO determinó que la prohibición de asistir a la escuela a las niñas embarazadas en Sierra Leona era discriminatoria y violaba el derecho de las niñas a la educación, en contravención de los artículos 2 y 12 del Protocolo de Maputo. Desde el fallo, el gobierno de Sierra Leona ha levantado la prohibición.
  • Los artículos 13 y 17 de la Ley de Matrimonio de Tanzania, que establecen la edad mínima para contraer matrimonio en 15 años para las niñas y 18 años para los niños, fueron impugnados en el tribunal de apelación en 2019. Citando el Protocolo de Maputo, el tribunal confirmó el fallo anterior de que el matrimonio bajo la edad de 18 años era ilegal.

¿Cuáles han sido sus deficiencias?

El progreso en la realización de los derechos de las mujeres y las niñas sigue siendo desigual dentro de los países y entre ellos. Once países no han ratificado el protocolo. Veinticuatro no han cumplido con su obligación de informar a la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. En consecuencia, persisten leyes discriminatorias . Y las leyes consuetudinarias, comunes y civiles se mantienen en paralelo con las disposiciones constitucionales. Esto crea lagunas para la violación de los derechos de las mujeres y las niñas. Por ejemplo, 11 países (Camerún, Seychelles, Sudán, Sudáfrica, Burkina Faso, Gabón, Guinea-Bissau, Malí, Níger, Senegal y Tanzania) permiten que las niñas menores de 18 años se casen. Un estado miembro no tiene edad mínima para contraer matrimonio. Pero las reformas legales están ocurriendo en cinco de estos países. Ha habido mejoras en los resultados de salud sexual y reproductiva. Pero la violencia sexual y de género, el matrimonio infantil y la mutilación genital femenina siguen siendo altos en la mayoría de los países africanos . Las muertes maternas y la nueva transmisión del VIH han disminuido. Pero las incidencias siguen siendo relativamente altas en varios países. Los jóvenes, en particular las niñas, soportan una carga desproporcionada de malos resultados en materia de salud sexual y reproductiva. Esto dificulta su transición sin problemas a la edad adulta y afecta su salud inmediata y de por vida (física y mental) y su bienestar y empoderamiento socioeconómico.

¿Qué más hay que hacer?

Se necesita más promoción para garantizar:

  • los 11 países restantes ratifican el protocolo
  • los países con reservas sobre algunos de los artículos del protocolo deben abordarlos
  • aquellos que lo han ratificado lo domestican completamente y aplican sus disposiciones.

Dicha promoción debe estar informada por evidencia contextualmente relevante sobre salud sexual y reproductiva, incluido lo que funciona para abordar las prácticas nocivas, aumentar el acceso de los jóvenes a la información y los servicios, y reducir las nuevas infecciones por el VIH y las muertes maternas. La asociación entre todos los actores que trabajan para garantizar que se realicen los derechos reproductivos y de salud de las mujeres debe revitalizarse y mantenerse para garantizar que los logros se consoliden y no se reviertan. Afianzar una cultura de equidad en torno a los derechos sexuales y reproductivos también requerirá un compromiso personalizado con líderes comunitarios y religiosos para desarrollar su capacidad en cuestiones de salud sexual y reproductiva. La financiación sostenida de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan para garantizar los derechos de las mujeres también es clave, al igual que la necesidad de impulsar el movimiento de mujeres en el continente.

Juliet Kimotho, oficial principal de defensa del Centro Africano de Investigación sobre Población y Salud, contribuyó a este artículo.

Elena Sanz

Redactora jefa / Editora de Salud y Medicina en The Conversation


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