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La Justicia ordena a España acoger al migrante sudanés que pidió asilo en la embajada de Rabat


La Audiencia Nacional ordenó en febrero «promover el traslado a España» del joven sudanés que pidió asilo en la embajada de Rabat tras ser devuelto a Marruecos después del trágico salto a la valla de junio de 2022. Más de un mes después, sus abogados denuncian que la administración «ignora» a la Justicia.

Basir (nombre ficticio) huyó en 2018 de un país en conflicto en el que sus creencias religiosas cristianas suponían un riesgo para su vida. Tras un largo periplo en el que vivió el salto a la valla de Melilla, donde murieron al menos 23 migrantes, solicitó asilo en la embajada española de Rabat el 13 de diciembre de 2022, en base al artículo 38 de la ley de asilo de 2009.

Fue un movimiento inédito en Marruecos al acudir a una vía poco habitual, pero contemplada en la ley, para pedir protección internacional, si bien la falta de respuesta llevó a sus abogados a acudir a la Justicia y a presentar un recurso contra la «denegación por silencio administrativo» de su solicitud en el que pedían el traslado cautelar del joven a España.

En un primer momento, según explican en un comunicado los letrados del equipo jurídico de la entidad pro derechos humanos DEMOS, la respuesta de la Audiencia Nacional no fue favorable. La sección segunda de lo Contencioso denegó su traslado, pero otro recurso de sus abogados y una sentencia clave del Tribunal Supremo dictada justo en esas mismas fechas le hizo rectificar: el pasado 29 de febrero accedió a la medida cautelar.



En su auto, y contra el que cabe recurso, los magistrados instaron a «promover el traslado a España» de Basir mientras se resuelve su petición de asilo y decretaron que la administración debía valorar el «medio más idóneo para hacer efectiva esta decisión».

Una decisión que, según denuncian los letrados, todavía no se ha ejecutado pese a que han pedido tres veces que se ponga en marcha y a pesar de que la Audiencia Nacional ordenó a principios de marzo notificar su resolución al «Ministerio de Asuntos Exteriores y a la Embajada de España en Marruecos».

En un comunicado muy crítico en el que hablan de «racismo institucional», los abogados denuncian «obstáculos» de la administración «contra los derechos de las personas refugiadas africanas negras» y una infracción de la legalidad al mantener al joven «expuesto a la tortura y al incumplir la orden» de la Audiencia.

Una sentencia clave para conceder el traslado

Para conceder el traslado cautelar de Basir a España ha sido clave una sentencia dictada por el Supremo el 6 de febrero que la Audiencia Nacional no pudo valorar en un primer momento, ya que llegó después de su primera resolución.

En ella el Supremo estableció que, para estudiar la concesión de la medida cautelar, había que valorar el peligro para la vida del solicitante de asilo en su país de origen y no en el Estado desde donde lo solicitaba, que es lo que había hecho la Audiencia.

En este sentido, la Audiencia Nacional ha vuelto a examinar el riesgo de Basir y ha tenido en cuenta su «situación personal», en la que «no puede descartarse que haya sufrido persecución por causas religiosas», su relato y la «situación» de Sudán, respecto al que «la posición de Acnur» es «clara»: «es probable» que los nacionales que estén fuera del país necesiten protección internacional.

Además de su desplazamiento «forzado por el conflicto armado de su país», los abogados de Basir denuncian que ha sido perseguido por sus creencias, «víctima de torturas» y «sobreviviente» del salto a la valla en el que murieron 23 personas y en el que, como 470 migrantes, fue devuelto a Marruecos.

Basir salió de su país en 2018 después de pasar unos años con su tío, que le forzó a convertirse al islam, tras ver a los 15 años a su padre y su hermano morir en medio del conflicto armado de Sudán. EFE


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