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La peligrosa reinterpretación del Delito de Odio en el caso de Echenique


La apertura de diligencias contra Pablo Echenique por un presunto delito de odio pone de relieve la tendencia de algunos jueces a reinterpretar el concepto de «delito de odio», vaciándolo de su propósito original. Esta figura legal fue diseñada para proteger a colectivos vulnerables, como migrantes o minorías, de ataques motivados por prejuicios o discriminación. Sin embargo, en los últimos tiempos, ha comenzado a utilizarse para defender a instituciones poderosas o conservadoras, distorsionando su función.

El Juzgado de Instrucción Número 38 de Madrid ha desestimado el recurso presentado por Pablo Echenique, exdiputado de Podemos, contra la apertura de diligencias previas por un presunto delito de odio. Echenique tendrá que comparecer el próximo martes para declarar sobre un tuit publicado el 10 de mayo en la red social X , donde afirmaba que “es mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante”. En el mismo mensaje, añadió: “Desde el punto de vista de la seguridad ciudadana, sería más eficaz deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria”.

Estas declaraciones fueron una respuesta a unas palabras del arzobispo de Oviedo, Jesús Sanz, quien había afirmado: “Dentro de esta apertura buenista, se nos puede colar gente que son indeseados”. La denuncia fue presentada por la organización de extrema derecha Abogados Cristianos, quienes, haciendo una interpretación torticera, consideran que el tuit de Echenique constituye un delito de odio.



En su auto, el juez Carlos Valle afirmó que el proceso abierto “no se trata de un debate sobre abusos en el seno de la Iglesia Católica”, sino de si las expresiones del exdiputado “pueden revestir el carácter de un delito de odio”. Esta interpretación refleja un enfoque legal que nosotras consideramos problemático, como poco. El delito de odio debería aplicarse para proteger a aquellos colectivos vulnerables que realmente sufren agresiones o discriminación, no para salvaguardar a instituciones que ya gozan de poder y privilegios en la sociedad.

Cada vez es más evidente que ciertos sectores del poder judicial, de inclinación conservadora, no se sienten cómodos con el alcance del delito de odio tal y como fue concebido. En lugar de utilizarlo para defender a los colectivos más vulnerables, buscan reinterpretarlo para castigar a quienes critican a las élites o instituciones tradicionales, como la Iglesia. Este enfoque crea un peligroso precedente, en el que las voces críticas se enfrentan a una amenaza legal por ejercer su derecho a opinar.

El entorno de Echenique ha vinculado sus comentarios con un informe del Defensor del Pueblo sobre los abusos sexuales en la Iglesia, y ha subrayado el carácter xenófobo de las palabras del arzobispo de Oviedo. A pesar de esto, la decisión judicial avanza bajo la premisa de que hay «ofensas a bienes jurídicos penalmente protegidos» que no quedan exentas de sanción, incluso bajo el amparo de la libertad de expresión.

El delito de odio está siendo utilizado para proteger a grupos poderosos, mientras se ignora su verdadero objetivo: la defensa de quienes sufren discriminación o violencia por su identidad o condición social.

Redacción Afroféminas


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